domingo, 7 de agosto de 2011

1 de agosto 2011 - 6º audiencia


Nulidades y cárcel común fueron los pedidos de las partes

Tras la feria judicial se reanudó el juicio a los 16 imputados por delitos de lesa humanidad cometidos en Mar del Plata y Necochea

La sexta audiencia del juicio en el que se juzga a 16 personas -entre militares y policías- por los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar en centros clandestinos de detención (CCD) de Mar del Plata y Necochea, se extinguió rápidamente entre las solicitudes de nulidad de los defensores y el pedido de revocación del arresto domiciliario de los imputados por parte de los querellantes. El tribunal resolverá hoy los planteos de las partes.
La jornada comenzó con una hora de demora debido a que dos de los imputados –el policía Marcelino Blaustein y el exintegrante de la Concentración Nacional Universitaria, Nicolás Caffarello- llegaron tarde al tribunal. Los primeros en tomar la palabra para las solicitudes preliminares fueron los defensores, quienes repitieron con mayor o menos grado de exactitud, el mismo argumento: “La nulidad del proceso judicial por entender que los delitos que se le imputan a sus clientes prescribieron o fueron sujetos a amnistía”.

Horacio Insanti –representante de los policías Ernesto Orosco y Héctor Carlos Cerutti-, fue el primero en tomar la palabra. Al borde del enojo, el abogado solicitó que se anule la elevación a juicio de sus clientes por considerar que los delitos que se le imputan ya prescribieron y que además fueron amnistiados con la declaración de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.
En su argumentación, Insanti trajo a cuenta que el juez federal de primera instancia, Alejandro Castellanos –a cargo de la instrucción de la causa- había rechazado su planteo por considerarlo una maniobra dilatoria para evitar llegar al juicio oral. Por lo tanto, solicitó la anulación del juicio hasta tanto se trate la apelación que hiciera en primera instancia.

En otro intento de argumentación que le valió un reto del presidente del tribunal, Insanti arremetió contra el procurador General de la Nación, Esteban Righi, a quien acusó de haberse alzado en armas contra el Estado en los años ´70 y ahora nombra a los jueces que juzgan a sus clientes. No sería el único exabrupto del abogado.

Por su parte, el abogado Gerardo Ibáñez, defensor del exteniente coronel del Ejército, Jorge Luis Toccalino, argumentó la violación del principio de irretroactividad que implica –según su visión- juzgar los delitos que se le imputan a su cliente bajo la estructura jurídica de los delitos de lesa humanidad. Al mismo pensamiento adhirieron el resto de los defensores, los abogados Manuel Bailleau (representante del exteniente coronel Leandro Marquiegui y del exintegrante de la CNU Nicolás Cafarello); Paula Muniagurria (defensora del exvicecomodoro Jorge Carmen Beccio); Carolina Muñoz (representante de los policías Marcelino Blaustein, Adriano Argüello y Mario Jorge Larrea), Roberto Babington (defensor del excomodoro Ernesto Alejandro Agustoni) y Juan Pablo Blanco Moyano (defensor junto al abogado Carlos Meira del exgeneral de brigada Alfredo Arrillaga, del exteniente coronel Eduardo Blanco, del excoronel Aldo Máspero, del teniente coronel Fortunato Rezzett y del policía Aldo José Sagasti).
Las defensas coincidieron en asegurar que el concepto jurídico de delito de lesa humanidad fue reconocido por el derecho internacional en 1998 durante el Estatuto de Roma y que allí se estipula que la ley será aplicable a futuro y no a los hechos cometidos en el pasado. Por lo tanto en la visión de los defensores, los delitos cometidos por sus clientes durante la última dictadura cívico militar (1976-1983) no pueden ser juzgados bajo una norma creada en 1998. Así, aseguró el letrado, el principio de imprescriptibilidad -características de los delitos de lesa humanidad- no podría ser aplicado en esta causa y el juicio debería ser anulado por prescripción de los delitos juzgados.

Para finalizar, Ibáñez afirmó que querer juzgar a su cliente bajo la norma de los delitos de lesa humanidad es intentar aplicar el “derecho penal del enemigo”, es decir forzar situaciones que violen las garantías de los imputados.

La réplica del fiscal Juan Portela y de los querellantes no se hizo esperar. En primer lugar, el representante de la Fiscalía le informó al tribunal conformado por los jueces Alfredo Ruiz Paz (presidente), Lidia Soto, Elvio Osores Soler y Daniel Cisneros, que lo expuesto por los defensores estaba fuera de lugar ya que el momento procesal para plantear la nulidad del proceso es en el momento de los alegatos, antes del fallo.

Por su parte, el abogado César Sivo -representante de la APDH y de familiares de víctimas- arremetió contra los argumentos de los defensores. Primero aseguró que el abogado Insanti pretendía “mostrar como ilegítimo, un proceso penal sujeto a derecho sin poder exhibir algún perjuicio contra su cliente que le permite poder pedir la anulación de lo actuado”.

En segundo lugar, intentó desarticular la argumentación del abogado Gerardo Ibáñez y aseguró que los delitos de lesa humanidad tienen vigencia internacional desde 1945 con el Tratado de Nuremberg y que fueron reconocidos por la Argentina en el mismo año en lo que se denominó el Acta de Chapultepec. Por ende, -aseguró la querella- “no es cierto que se viole el principio de irretroactividad”. El resto de los querellantes adhirieron al planteo del abogado.

“Todos mis defendidos son presos políticos”

Horacio Insanti, defensor de los policías Ernesto Orosco y Héctor Carlos Cerutti, volvió a caer en el exabrupto cuando los querellantes solicitaron la revocación del arresto domiciliario de 13 de los 16 imputados. El pedido estuvo a cargo del abogado César Sivo, quien aseguró que en ningún lugar del mundo los imputados por delitos de lesa humanidad esperan la decisión de la Justicia en sus casas. Así citó ejemplos de jerarcas nazis que con más de 90 años fueron encarcelados en una prisión común.

Además, el abogado remarcó que en sus casas los imputados no pueden ser controlados como en una cárcel y tienen total libertad para hacer lo que gusten. De esta manera se refirió a un blog llamado Unión de presos políticos de la República Argentina, en la cual un grupo de militares imputados de delitos contra la humanidad se dedica a hacer trabajo de inteligencia y a mantener contacto con otros imputados, con otros miembros de las fuerzas armadas y con hombres de la Iglesia que deslegitiman los juicios que se llevan a cabo en todo el país atacando a los operadores judiciales y a los jueces.

El primer abogado defensor en tomar la palabra tras la solicitud de las querellas fue Insanti. El defensor dirigió su alocución directamente contra la querella a quien llamó “stalinista” por mencionar argumentos vagos y generalidades. Además, lo acusó de desvirtuar las garantías de los imputados y de violar el principio de inocencia de sus clientes. Por último, y en una declaración de sus principios, más que una estrategia argumentativa, exclamó: “Sin eufemismos y sin esquivar el bulto porque nunca lo he hecho, digo que todos mis defendidos en este tipo de casos son presos políticos”. Palabras más, palabras menos el resto de los defensores adhirieron a los argumentos del abogado.

Por Federico Desántolo

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